Consentimiento informado en medicina estética: qué incluir

Cuándo es obligatorio el consentimiento informado por escrito, qué información debe contener según la Ley 41/2002 y cómo gestionarlo sin papel.

Publicado el

Toxina botulínica, ácido hialurónico, hilos tensores, láser, peelings químicos… Casi todo lo que se hace en una clínica de medicina estética necesita un consentimiento informado por escrito. Es una obligación legal, pero también la mejor protección para el paciente y para el profesional si algo no sale como se esperaba.

Esta guía explica cuándo es obligatorio, qué tiene que incluir y cómo organizarlo para que no se quede ninguno sin firmar.

Qué dice la ley

La norma de referencia es la Ley 41/2002 de autonomía del paciente. Su artículo 8 establece que:

  • Toda actuación en el ámbito de la salud necesita el consentimiento libre y voluntario del paciente, después de haber recibido la información adecuada.
  • Por regla general, el consentimiento es verbal.
  • Pero debe prestarse por escrito en las intervenciones quirúrgicas, los procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores y, en general, en los procedimientos que suponen riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud del paciente.
  • El consentimiento escrito es necesario para cada una de esas actuaciones.
  • El paciente puede revocarlo libremente por escrito en cualquier momento.

En medicina estética, la mayoría de tratamientos (inyectables, láser, hilos, peelings medios y profundos) son procedimientos invasivos o con riesgos conocidos, así que lo prudente es documentarlos siempre por escrito.

Qué información debe contener

El artículo 10 de la misma ley detalla la información básica que el profesional debe dar antes de recoger el consentimiento escrito:

  1. Las consecuencias relevantes que la intervención origina con seguridad.
  2. Los riesgos relacionados con las circunstancias personales o profesionales del paciente.
  3. Los riesgos probables en condiciones normales, según la experiencia y el estado de la ciencia, o directamente relacionados con el tipo de intervención.
  4. Las contraindicaciones.

Además, la ley añade que cuanto más dudoso sea el resultado de una intervención, más necesario resulta el consentimiento previo por escrito. En estética, donde el resultado depende mucho de cada paciente, conviene ser especialmente claro sobre lo que se puede y lo que no se puede esperar.

Estructura recomendada de un consentimiento

Un buen documento de consentimiento para un tratamiento estético suele incluir:

  • Datos del paciente y del profesional que realiza el tratamiento.
  • Nombre y descripción del tratamiento, en lenguaje comprensible.
  • Objetivo y resultados esperables, incluyendo que pueden variar y que puede requerir varias sesiones o retoques.
  • Efectos secundarios frecuentes (hinchazón, hematomas, enrojecimiento…) y riesgos menos frecuentes pero graves.
  • Contraindicaciones y preguntas sobre embarazo, alergias, medicación o tratamientos previos.
  • Alternativas al tratamiento, incluida la de no hacerlo.
  • Cuidados antes y después.
  • Declaración de que el paciente ha entendido la información, ha podido preguntar y acepta el tratamiento.
  • Mención a que puede revocar el consentimiento en cualquier momento.
  • Fecha y firma del paciente y del profesional.

Errores frecuentes

  • Un consentimiento genérico para todo. La ley pide un consentimiento para cada actuación: no es lo mismo un relleno de labios que un tratamiento con láser.
  • Firmarlo justo antes de empezar, con el paciente ya en la camilla. Dale tiempo para leerlo y preguntar; mejor si lo recibe antes de la cita.
  • Mezclarlo con la autorización para usar fotos en redes sociales o publicidad. Eso es otro consentimiento distinto, regulado por la normativa de protección de datos y de derecho a la propia imagen.
  • Guardarlo en papel suelto. Si no lo encuentras cuando hay una reclamación, es como si no existiera.
  • No actualizar las plantillas cuando cambia el producto, la técnica o la información sobre riesgos.

Consentimiento informado sin papel

La ley no exige papel: exige que el consentimiento sea por escrito y que se conserve en la historia clínica. Un sistema de firma digital cumple esa función y evita la mayoría de los errores anteriores:

  • Plantillas por tratamiento con los datos del paciente rellenados automáticamente.
  • Envío al móvil del paciente antes de la cita para que lo lea con calma.
  • Firma en una tablet en la clínica o desde el propio móvil.
  • PDF firmado archivado automáticamente en la ficha del paciente.
  • Aviso en la agenda si una cita tiene un consentimiento pendiente.

Cómo lo hace Cliniq

En Cliniq creas una plantilla de consentimiento para cada tratamiento con variables del paciente y del tratamiento. El paciente firma en tablet en la clínica o por enlace desde su móvil, el PDF firmado se guarda en su ficha y se le envía por email, y la cita te avisa si falta la firma antes de empezar. Más información en nuestro software para clínicas de medicina estética y para centros de depilación láser.

Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento jurídico. Revisa tus plantillas de consentimiento con un profesional del derecho sanitario.

Simplifica. Organiza. Crece.

Te enseñamos Cliniq con los datos de tu clínica en una demo de 30 minutos, sin compromiso.