Verifactu para clínicas: qué es, a quién afecta y qué hacer

Guía de Verifactu para clínicas de estética, fisioterapia y salud: qué exige el reglamento, plazos, sanciones y cómo adaptar tu facturación.

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Verifactu es el nombre con el que se conoce el nuevo sistema de la Agencia Tributaria para controlar los programas de facturación. No es un impuesto nuevo ni un trámite que tengas que presentar: es un conjunto de requisitos técnicos que debe cumplir el software con el que emites tus facturas. Si tu clínica factura con un programa informático, te afecta.

En esta guía te explicamos qué exige, qué cambia para una clínica y cómo prepararte sin perderte en la normativa.

Qué es Verifactu

La Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal añadió a la Ley General Tributaria la obligación de que los sistemas informáticos de facturación garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. El Real Decreto 1007/2023 desarrolló esos requisitos en un reglamento y la Orden HAC/1177/2024 fijó las especificaciones técnicas.

En la práctica, el reglamento obliga a que tu programa de facturación:

  • Genere un registro por cada factura (y por cada anulación) en el momento de emitirla.
  • Encadene los registros entre sí con una huella digital, de forma que no se pueda borrar ni modificar una factura sin que se note.
  • Incluya un código QR en cada factura para que el cliente pueda comprobarla en la sede electrónica de la AEAT.
  • Lleve un registro de eventos del propio sistema y no permita alterar los datos ya registrados.

El fabricante del software, además, debe emitir una declaración responsable de que su programa cumple el reglamento.

Las dos modalidades: VERI*FACTU o no VERI*FACTU

El reglamento permite cumplir de dos formas:

Modalidad Qué hace el programa Qué implica para ti
VERI*FACTU Envía cada registro de facturación a la AEAT de forma automática al emitir la factura. Menos requisitos técnicos locales y la factura lleva la leyenda «VERI*FACTU». Es la opción más sencilla.
No VERI*FACTU Guarda los registros firmados electrónicamente y los conserva por si Hacienda los pide. Requisitos técnicos más exigentes (firma de cada registro, registro de eventos, remisión cuando se requiera).

Para una clínica, la modalidad VERI*FACTU suele ser la más cómoda: el programa se encarga de todo en segundo plano y no tienes que custodiar nada aparte.

¿Afecta a mi clínica?

Afecta a quienes, siendo contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, del IRPF con actividad económica o del IRNR con establecimiento permanente, emiten sus facturas con un sistema informático. Quedan fuera quienes ya llevan los libros a través del Suministro Inmediato de Información (SII).

Es habitual pensar que, como muchos servicios sanitarios están exentos de IVA, Verifactu no aplica. No es así: estar exento de IVA no exime de emitir factura, y la obligación recae sobre el programa con el que se emite. Ten en cuenta además que:

  • Los servicios de asistencia sanitaria con finalidad de diagnóstico, prevención o tratamiento (fisioterapia, podología, psicología sanitaria…) suelen estar exentos de IVA, pero se siguen documentando con factura.
  • Los tratamientos estéticos sin finalidad terapéutica (por ejemplo, muchos de medicina estética o de un centro de belleza) tributan al tipo general.

La calificación de cada servicio depende de tu caso concreto: revísala con tu gestoría antes de configurar tus tarifas.

Plazos

El calendario se ha retrasado varias veces. Según el Real Decreto-ley 15/2025, vigente cuando publicamos este artículo, la obligación de usar un sistema adaptado empieza:

  • El 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (por ejemplo, una clínica constituida como sociedad limitada).
  • El 1 de julio de 2027 para el resto, incluidos los autónomos.

Los fabricantes de software ya deben ofrecer programas adaptados. Como las fechas pueden volver a cambiar, consulta siempre la información oficial de la AEAT sobre Verifactu.

Sanciones

La Ley General Tributaria prevé multas de hasta 50.000 € por ejercicio para quien utilice un sistema de facturación que no cumpla los requisitos o que permita alterar los registros, y de hasta 150.000 € para quien los fabrique o comercialice. Seguir con un programa no adaptado, o con hojas de cálculo y plantillas de Word cuando ya sea obligatorio, es un riesgo innecesario.

Qué hacer en tu clínica, paso a paso

  1. Revisa con qué emites hoy tus facturas. Si es un programa antiguo, pregunta al fabricante si está adaptado y pide su declaración responsable.
  2. Ordena tus series y tarifas. Separa los servicios exentos de los que tributan y revisa el tipo de IVA de cada uno con tu gestoría.
  3. Elige un programa con Verifactu integrado en el mismo sitio donde gestionas la agenda y los cobros. Si la factura nace de la cita, no hay que copiar datos a otro sistema y desaparecen los errores.
  4. Forma al equipo de recepción en tickets, facturas completas y rectificativas: con Verifactu, una factura emitida ya no se borra, se rectifica.
  5. No lo dejes para el último mes. Cambiar de programa implica migrar pacientes e historial; hacerlo con calma evita sustos.

Cómo lo resuelve Cliniq

En Cliniq la facturación Verifactu viene de serie. Cobras la cita con tarjeta, Bizum, efectivo o enlace de pago y la factura se emite, se registra de forma encadenada, lleva su QR en el PDF y se envía a la AEAT automáticamente. Puedes emitir tickets, series y rectificativas y exportar el libro de facturas para tu gestoría. Y si vienes de otro programa, migramos tus pacientes y tu historial.

Este artículo es informativo y no sustituye el asesoramiento fiscal. La normativa y los plazos pueden cambiar: confirma tu caso con tu gestoría.

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